jueves, 14 de noviembre de 2013

LIBREPENSADOR SIN ETIQUETAS


El librepensamiento es una postura frente al conocimiento y una forma de vida, fundada en bases filosóficas y científicas.

Uno debe tener el valor de analizar los datos y la evidencia de manera critica, haciendo uso de la razón y la lógica, pensando por si mismo, en lugar de aceptar las opiniones ajenas como verdades. 

Por eso la palabra libre, porque es individual, libre de cualquier pretensión o interés que puedan tener las posturas ajenas, sin ser susceptible a la manipulación y el engaño, a las ataduras de ideologías represivas, o a esclavizarse y sacrificarse por un ideal. Solo el pensamiento propio.

Para el Librepensador todo el conocimiento debe ser obtenido a través del uso de la ciencia y la razón, y no por imposiciones de tradiciones ni de dogmas, ni si quiera las de carácter religioso. La fe o creencia ciega es la “archienemiga” de todo librepensador. 

Curiosamente, las premisas del librepensamiento son compartidas, en parte, por ramas filosóficas del Budismo… En el Kalama Sutta, atribuido al Buda, se lee lo siguiente: “No aceptes nada por simple tradición. No aceptes nada tan sólo porque lo dicen tus Escrituras. Tan sólo cuando lo conozcas por ti mismo, entonces puedes vivir acorde a ello.” 

“El Librepensamiento es una corriente filosófica que sostiene que los individuos no deben aceptar ideas propuestas como verdad sin primero recurrir al conocimiento y la razón para analizarlas. 

Por lo tanto los librepensadores se esfuerzan por construir sus opiniones sobre la base de datos, investigación científica y los principios lógicos, independientes de cualquier falacias lógicas o los efectos limitantes del intelecto causados por autoridades, sesgos cognitivos, la sabiduría convencional, la cultura popular, el prejuicio, el sectarismo, la tradición, la leyenda urbana, y todos los otros dogmas. 

En cuanto a la religión, los librepensadores sostienen que no hay pruebas suficientes para apoyar la existencia de fenómenos sobrenaturales y son bastante críticos de los dogmas religiosos, y toma, precisamente el nombre de "librepensamiento" pues es aquel que se libra de todos los dogmas religiosos. 

Un error común es que el librepensamiento implica el tratamiento de todas las ideas por igual. Al contrario, los librepensadores son extremadamente discriminatorios de las ideas falaces e ilógicas y adoptan un razonamiento refinado en el proceso de juzgar cuales afirmaciones son ciertas.” 

James Hastings.Enciclopedia de religión y ética.Editorial Kessinger.2003.

miércoles, 16 de octubre de 2013

"HUMANOS SUPER DOTADOS" así de simple!!!


“Cuanto más dotado un ser humano para un lenguaje y para un arte, más arduo le será dominar ese talento hasta convertirlo en algo verdaderamente fecundo.”(Artículo EDUCACIÓN por William Ospina 13 de Nov del 2012 EL ESPECTADOR).

Solo la idea de pensar en un humano súper dotado, aleja de mi pensamiento las implicaciones que Ospina manifiesta en su artículo. Para el común de las personas que desconocen parcial o completamente el término de “humano súper dotado”, desconoce también como identificarlo en otras personas y la disciplina que conlleva desarrollarlo. Partiendo de esta premisa aunque un poco escueta o incompleta, no estoy de acuerdo en su totalidad con Ospina, pues el desarrollo de una cualidad a mis estudiantes siendo mi caso particular, es un compromiso bilateral, entre el estudiante y yo como mediador de su educación.

Ahora bien, pensar en la existencia de humanos con cualidades más dotadas para el arte, las ciencias o la academia, critico la idea y las palabras usadas por Ospina en su artículo; en primera medida quisiera utilizar la palabra personas en vez de humanos, en aras de darle un sentido social a mi punto de vista pedagógico y no un enfoque antropológico como se reflejó en el escrito de Ospina, y fundar la idea que una persona superdotada se identifica y desarrolla, desde sus inicios de sus recursos internos y la intromisión de mediadores profesionales en el desarrollo de sus capacidades cognoscitivas, emocionales y ético-morales.

Al disponer de conocimientos pedagógicos y en docencia universitaria, no es más fácil para mi identificar las habilidades y recursos internos que  mis estudiantes pueden ostentar, pero mi obligación es individualizar y desarrollar sus habilidades en mi materia de forma integral, realizando sondeos de conocimientos, observación en su capacidad de relacionarse o su forma de reaccionar frente a la interacción social, Como saberes facilitadores entre el aprender y el enseñar enfocados en la formación y educación de las personas desde los aspectos del ser hasta los aspectos meramente académicos.

Asumo que una vez haya diferenciado e individualizado a mis estudiantes, desde el punto de vista de sus recursos internos, podre intervenir en el desarrollo de sus aptitudes y actitudes.  Es necesario destacar desde que era un niño en el jardín de infancia, pasado la primaria, la educación media preparatoria y mi educación superior, he sido “víctima” por así decirlo de los diferentes enfoque académicos; se preguntaran ¿Por qué victima?, pues al pasar por diferentes maestros, educadores, profesores, mediadores, todos con distintos enfoques académicos, metodologías o pedagogía, ninguno se tomó la molestia de identificar en mí, mis aptitudes o actitudes, con el fin de desarrollarme en un medio cognitivo y asi poder ser encasillado como una persona superdotada, que a contrario sensu, al imponer un paradigma o un esquema de educación, pude observar que era tratado como un producto en masa, es decir, me sentí como césped cortado y mantenido al margen como todos los demás, todo bajo la premisa de ser personas iguales.
 
Mi obligación como mediador es velar por la eficacia de mis alumnos, en el entendido de mi experiencia vivida y las bases pedagógicas aprendidas, me hace responsable en el desarrollo de las aptitudes y actitudes, en forma personalizada para con mis alumnos, fortaleciendo y profundizando sus dotes y habilidades académicas y personales desde su singularidad, creando así personas superdotadas, como antítesis del punto de vista antropológico expuesto por Ospina. Aunado a lo anterior no puedo pasar por alto la condición de bilateralidad ya mencionada a lo largo de este ensayo, pues de no cumplirse con esta condición será muy difícil poder mediar en la educación de las personas.


Un profesional que es capaz de sacar a flote, las capacidades académicas y personales de las personas, convirtiéndolos en “humanos súper dotados”, pasando por encima de cualidades antropológicas, es un profesional idóneo como pedagogo, viendo más allá de lo aparente, creado y fortaleciendo nexos emocionales con los estudiantes, en aplicación de mis propios recursos internos.

ÁLVARO VICENTE FERIA NÚÑEZ
Abogado Titulado
Universidad Cooperativa De Colombia

Justicia versus yo – iglesia versus justicia 2da parte

es claro para todos en este estado colombiano, que lo entre dicho en La Constitución Política de Colombia, donde se indica la separación de la iglesia del estado soberano, solo es una linda frase que adorna las normas constitucionales. Pero con el paso del tiempo el estado colombiano, a través de sus ramas del poder publico y de los funcionarios que ejercen dichos poderes estatales, a cambiado de parecer, es decir, ha comenzado a respectar las disposiciones constitucionales y ha tener en cuenta el cambio continuo de la sociedad, creando leyes y decretos que respetan la diversidad de las personas y su libre desarrollo de la personalidad; de igual manera los tribunales en su manera de interpretar las normas ha sido capaces de generar jurisprudencia y resolver las controversias de aquellos vacíos que la norma crea cuando nace de las presiones sociales de los medios y de la iglesia.

mi intensión no es crear un mal concepto de la iglesia, pero si dejar claro hasta donde va esta y donde comienza el estado, pues de confundirse ambos cuerpos no solo contrariaría nuestra carta magna, ademas maltrataría a la sociedad colombiana en su continuo cambio por el tiempo, irrespetando y vulnerando su libre desarrollo derecho considerado fundamental en este país.




Alvaro Vicente Feria
Abogado Titulado
Universidad Cooperativa de Colombia

sábado, 21 de septiembre de 2013

Justicia versus yo – iglesia versus justicia 1era parte


Intencionadamente o no, se confunden siempre los jueces con la justicia y los curas con Dios. Así se acostumbran los hombres a desconfiar de la justicia y de Dios. (Alphonse Karr).

A pesar que la premisa anterior toca dos temas totalmente distintos, para el contexto actual del país, se considera la necesidad de analizarlo en conjunto, con el fin de destacar y diferenciar los que es Dios versus iglesia y juez versus justicia, términos que se relacionan entre si, pero que el común de las personas tiende a confundir ya sea por la cultura fundada desde los núcleos familiares o por los medios de comunicación que para ciertos aspectos filtran la verdad con fines desconocidos.

Para entrar en detalle es necesario analizar inicialmente ambos aspectos por separado con el fin de definir y prevenir cualquier tipo de confusión en el recorrido de la presente lectura, una vez analizado se entraría a destacar ambos aspectos tal como se mencionó en el párrafo anterior para una mejor ilustración.

Tal como se indica en al inicio de este acápite, actualmente el común de la gente o por no decir que muchos de ustedes, tienden a confundir el significado de juez y justicia, ambos términos similares, relacionados pero no iguales, pues si bien es cierto la justicia es la palabra que define el deber ser de las cosas, es decir, que cada quien según sus comportamientos seria merecedor de unas consecuencias; sean estas buenas o malas, creando figuras tales como demandante o demandado (atendiendo al contexto de la cita inicial), implícitas dentro de un proceso o mecanismos que van dirigidos a la resolución de un problema. A partir de aquí entraría el juez como sujeto intermedio e impartidor de una sentencia que beneficiaría a una de las partes y castigando a la otra como consecuencias del mal o buen proceder de estas.

Teniendo en cuenta lo que les dije en el anterior párrafo, se puede inferir que el juez solo sería un sujeto dentro del gran universo de la justicia en Colombia, además de ser el responsable de aplicar justicia dentro de los parámetros indicados por la ley, decisiones que no son  absolutas en primera media, pero sí de obligatorio cumplimiento, es decir, sentencias que pueden ser apelables ante jueces con mayor facultad de conocimiento y decisión.
Ahora bien, después de haberles explicado y conceptualizado los términos de juez versus justicia, es necesario entrar e explicarles un tema tan debatido y criticado por muchas personas, identificándolos a algunos de ustedes.


Iglesia, es un conglomerado, organización, corporación, grupo, con una estructura de poder estable jerarquizado, que para el caso Colombiano, separado totalmente del estado (para el caso de la iglesia católica) sin facultades de tomar decisiones que afecten o perjudiquen el trámite y decisiones de la norma (justicia), o eso es lo que dicen los libros. Además de ser tenida en cuenta como referencia en las consideraciones de importantes decisiones de la justicia en Colombia, como fue el tema del aborto y el tema polémico y novelesco del matrimonio homosexual. 

Alvaro Vicente Feria
Abogado Titulado
Universidad Cooperativa de Colombia

(la próxima semana subo la segunda parte de este ensayo)

ACCIÓN DE TUTELA

La ACCIÓN DE TUTELA, es un mecanismo de participación ciudadana, que tiene por objeto la protección de los derechos fundamentales o derechos constitucionales conexos, que no pueden ser protegidos mediante otra acción o recurso.

a continuación se realiza una breve explicación de lo que es la acción de tutela, sus características y como presentarla.



Acción de tutela derecho y abuso from Alvaro Feria

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domingo, 15 de septiembre de 2013

DERECHO CONSTITUCIONAL GENERAL  
 
DEFINICIÓN:
 
Es la principal rama del derecho público, le corresponde el estudio de la estructura del Estado dentro del marco de la Constitución, la situación del individuo frente al poder del Estado, la organización y funcionamiento de ese poder en sus aspectos fundamentales y las instituciones políticas que constituyen el soporte de la vida estatal.


TEORIA PURA DEL DERECHO



Según Kelsen "el derecho es una ordenación normativa del compotamiento humano es un sistema de normas que regulan el comportamiento"

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